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Corte respalda a los Naso Tjër Di

El pueblo Naso Tjër Di recibió una buena noticia. La Corte Suprema de Justicia (CSJ) determinó que el Estado debe garantizar a las comunidades indígenas la reserva de las tierras necesarias y la propiedad colectiva para el logro de su bienestar económico y social porque es uno de los siete pueblos indígenas que ancestralmente han habitado Panamá.

Gracias a este fallo, el artículo 1 del proyecto de ley 656 “que crea la comarca naso Tjër Di”, no genera conflictos con la Constitución Política panameña.

Los magistrados analizaron numerosos fallos y tomaron como referencia los estudios de la doctora Reina Torres de Araúz, así como de historiadores y antropólogos que conocen sus raíces.

Se tiene registro, dice el fallo, de su ocupación de las tierras montañosas y selváticas de la provincia de Bocas del Toro (en dos aldeas sobre los ríos Teribe y Changuinola), desde mucho antes del siglo XIX.

Con este fallo se deja claro que en la Comarca Naso Tjër Di, se prohíbe la apropiación privada de tierras.

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