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No es obligatorio realizarse prueba Covid-19 para circular

La medida de obligatoriedad de realizarse pruebas COVID-19 para movilizarse dentro del país, ha sido eliminada por el Ministerio de Salud de Panamá (Minsa) a partir de la fecha, quedó establecido en el Decreto Ejecutivo N° 832, del lunes 30 de agosto de 2021.

Igualmente, mediante el Decreto Ejecutivo N° 833, que deroga el Decreto Ejecutivo N° 804  de 22 de julio de 2021, la entidad establece que todo viajero que ingrese al territorio nacional por vía aérea, terrestre o marítima, utilizando medios comerciales o privados, quedará exonerado de realizarse cualquier tipo de prueba COVID-19 en el punto de entrada y de cuarentena preventiva de 72 horas, siempre que haya registrado de forma digital o presente de forma física la tarjeta de vacunación con esquema completo, después de 14 días de su última dosis, aprobada por la OMS, la FDA o la EMA.

 

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